
Si vino a los EE. UU. de un país en extrema agitación (por ejemplo, Haití, Cuba, Afganistán), puede solicitar el Estatus de Protección Temporal (TPS) y permanecer en los Estados Unidos temporalmente para vivir y trabajar. TPS es una designación de asilo que EE. UU. creó para aquellos que no pueden regresar a sus países de origen o que correrían un peligro extremo si lo hicieran. TPS puede en algunos casos dar lugar a una tarjeta verde. debido a la agitación extrema. El Estatus de Protección Temporal se otorga inicialmente por un período de 6, 12 o 18 meses, y puede extenderse indefinidamente a discreción del Gobierno de los EE. UU.
Si necesita buscar el Estatus de Protección Temporal, para usted o para un familiar, puedo ayudarlo. Puede comunicarse conmigo, la abogada de inmigración de Boston, Giselle M. Rodríguez, para analizar su caso o seguir leyendo para obtener más información sobre el TPS.
Breve descripción del proceso TPS
Una vez que alguien presenta una solicitud de TPS, USCIS realizará una revisión preliminar. Después de esta revisión, USCIS podría decidir que un solicitante es “preliminarmente elegible”. Esa persona no tendrá oficialmente el Estatus de Protección Temporal, pero en este punto:
- No son removibles de los EE. UU. y no pueden ser acusados de residir ilegalmente en los EE. UU. Tampoco corren un alto riesgo de ser detenidos.
- Pueden recibir un Documento de Autorización de Empleo (EAD) y trabajar legalmente en los EE. UU. temporalmente.
- Pueden recibir autorización de viaje.
- Si los solicitantes son posteriormente aprobados para TPS, recibirán los beneficios anteriores y:
- No puede ser detenido por el Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU.
- Pueden solicitar una tarjeta verde si son elegibles (más sobre este punto más adelante)
¿Quién califica para el Estatus de Protección Temporal?
Para calificar para TPS, uno debe, de acuerdo con el USCIS:
- Ser nacional de un país designado para el TPS, o una persona sin nacionalidad que haya residido habitualmente por última vez en el país designado;
- Presente su solicitud durante el período abierto de registro inicial o reinscripción, o cumpla con los requisitos para la presentación tardía durante cualquier extensión de la designación de TPS de su país (los solicitantes iniciales tardíos consulten la sección “Presentación tardía” a continuación);
- Haber estado físicamente presente continuamente (CPP) en los Estados Unidos desde la fecha de vigencia de la fecha de designación más reciente de su país; y
- Haber residido continuamente (CR) en los Estados Unidos desde la fecha especificada para su país. [29 de julio de 2021 en el caso de Haití]. La ley permite una excepción a los requisitos de presencia física continua y residencia continua para salidas breves, casuales e inocentes de los Estados Unidos. Cuando solicite o vuelva a registrarse para TPS, debe informar a USCIS de todas las ausencias de los Estados Unidos desde las fechas CPP y CR. USCIS determinará si la excepción aplica en su caso.
También se debe demostrar presencia física continua en los EE. UU. desde el 3 de agosto de 2021. Aunque “residencia continua” y “presencia física” pueden parecer lo mismo, hay una diferencia entre ellos.
La presencia física no significa residencia. Uno puede estar fuera de los Estados Unidos y demostrar su presencia física mostrando recibos de pago de una casa o apartamento. El solicitante también puede mostrar talones de pago que cubran el tiempo en el que está en el extranjero. Sin embargo, cualquier tiempo que pase fuera de los Estados Unidos donde una persona no tiene “presencia” (trabajo, casa, niños en la escuela, membresía en grupos, etc.) violaría el requisito de presencia física continua. El requisito de residencia continua es aún más estricto y requiere que los solicitantes de TPS vivan en los Estados Unidos. En ese caso, cualquier viaje fuera de los EE. UU. demostraría que una persona no tiene residencia continua.
Afortunadamente, incluso aquellos que han viajado al extranjero aún pueden solicitar TPS siempre que puedan demostrar que:
- Cada ausencia fue de corta duración y razonablemente calculada para lograr los propósitos de la ausencia
- La ausencia no fue el resultado de una orden de deportación, una orden de salida voluntaria o una concesión administrativa de salida voluntaria sin la iniciación de un procedimiento de deportación; y
- Los propósitos de la ausencia de los Estados Unidos o de las acciones realizadas fuera de los Estados Unidos no fueron contrarios a la ley.
Según el USCIS, las personas NO son elegibles para TPS si:
- Haber sido condenado por cualquier delito grave o dos o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos;
- Se encuentra inadmisible como inmigrante bajo los motivos aplicables en la sección 212 (a) de INA, incluidos los motivos penales y relacionados con la seguridad irrenunciables;
- Están sujetos a alguna de las prohibiciones obligatorias de asilo. Estos incluyen, entre otros, participar en la persecución de otra persona o participar o incitar a actividades terroristas;
- No cumplir con los requisitos de presencia física continua y residencia continua en los Estados Unidos;
- No cumplir con los requisitos de registro inicial o tardío de TPS; o
- Si se le otorga el TPS, usted no se vuelve a registrar para el TPS, como se requiere, sin una buena causa.
Finalmente, si alguien no cumplió con alguno de los plazos anteriores para volver a solicitar el TPS (el plazo de solicitud más reciente finalizó el 19 de marzo de 2018), aún puede volver a solicitar el TPS, pero debe incluir el motivo de su solicitud tardía. Después de esto, USCIS determinará si tenían una “buena causa” para volver a presentar la solicitud tarde.
Renovación del Estatus de Protección Temporal
Una vez que uno tiene TPS, debe volver a solicitar continuamente para extender su TPS cada vez que el gobierno de los EE. UU. Crea un nuevo período de registro. Como se mencionó, estos períodos pueden ser tan cortos como 6 meses y tan largos como 18 meses. No volver a presentar una solicitud en estos períodos no impide que obtenga el TPS en el futuro, pero sí significa que tendrá que demostrar una “buena causa” para no presentar la solicitud. No existe una definición establecida para una buena causa, pero las emergencias médicas de un individuo o familiar o la evidencia de que usted estaba mal informado sobre el TPS son ejemplos de causas que podrían aceptarse.