Embarazo durante el procedimiento consular basado en el matrimonio

Quedarse embarazada mientras está pendiente un expediente de visado de inmigrante por matrimonio no suele alterar los plazos habituales de tramitación. Sin embargo, el embarazo y el nacimiento de un hijo pueden plantear cuestiones adicionales para las parejas que se encuentran en proceso de tramitación consular. Es importante mantener al gobierno informado de cualquier cambio relevante en las circunstancias familiares y asegurarse de que toda la información facilitada a lo largo del proceso de inmigración sea precisa y completa.

Embarazo durante el trámite del visado

Cuando una persona queda embarazada durante el trámite de un visado por matrimonio, el embarazo en sí mismo no afecta automáticamente a la elegibilidad de la solicitante para obtener un visado de inmigrante ni provoca que el expediente se retrase. La solicitante debe seguir cumpliendo los requisitos habituales del proceso de solicitud de visado de inmigrante, lo que incluye presentar los documentos necesarios y acudir a la entrevista para el visado en la fecha prevista.

Dependiendo de las circunstancias, es posible que se le hagan preguntas al solicitante sobre el matrimonio, la situación familiar, los viajes realizados anteriormente o sus planes en Estados Unidos. Un embarazo o el hecho de que una pareja esté esperando un hijo no significa, por sí solo, que el matrimonio no sea auténtico ni que se vaya a denegar el visado de inmigrante.

Los solicitantes deben seguir facilitando información veraz y precisa a lo largo de todo el proceso. Si se producen cambios importantes mientras el expediente está pendiente de resolución, incluido el nacimiento de un hijo, la familia deberá determinar si es necesario notificarlo al organismo público correspondiente, a la Embajada o al Consulado de EE. UU., o si se requiere documentación adicional.

Si el niño nace en el extranjero

Si un niño nace fuera de Estados Unidos mientras está pendiente un expediente de visado de inmigrante por matrimonio, el niño puede tener derecho a la ciudadanía estadounidense por separado, dependiendo de las circunstancias. Por ejemplo, si uno de los progenitores es ciudadano estadounidense, el niño puede adquirir la ciudadanía estadounidense al nacer si se cumplen los requisitos legales aplicables.

En algunos casos, un niño nacido en el extranjero de un progenitor ciudadano estadounidense puede tener derecho a un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA). Un CRBA es un documento que acredita la ciudadanía estadounidense adquirida al nacer y, por lo general, se tramita a través de la embajada o el consulado de Estados Unidos. La elegibilidad puede depender de varios factores, entre ellos la ciudadanía de los padres, el estado civil de los padres, la relación del niño con el progenitor ciudadano estadounidense y la presencia física de este último en Estados Unidos antes del nacimiento del niño.

Si el menor no adquiere la ciudadanía estadounidense al nacer, pero puede reunir los requisitos para adquirirla después del nacimiento a través de un progenitor ciudadano estadounidense, puede aplicarse un procedimiento diferente. Dependiendo de las circunstancias, esto puede incluir el formulario N-600 o, en el caso de determinados menores que residan fuera de Estados Unidos, el formulario N-600K. El procedimiento adecuado depende de las circunstancias específicas del menor y de los requisitos para adquirir o acreditar la ciudadanía estadounidense.

La nacionalidad o la situación migratoria del menor es una cuestión independiente de la solicitud de visado de inmigrante pendiente del cónyuge extranjero. Por lo tanto, la familia debe determinar si el menor es ciudadano estadounidense, si puede tener derecho a adquirir la ciudadanía estadounidense o si, por el contrario, necesita un proceso de inmigración propio.

El embarazo y la entrada en Estados Unidos como visitante

Si una persona está embarazada y tiene previsto entrar en Estados Unidos con un visado de visitante o mediante el sistema ESTA mientras está pendiente o se está considerando un proceso de inmigración por matrimonio, las circunstancias requieren especial atención. La admisión como visitante tiene carácter temporal, y el viajero debe poder demostrar que la visita prevista se ajusta a las condiciones del estatus de visitante. El embarazo no impide automáticamente la entrada como visitante, pero el propósito del viaje, los vínculos de la solicitante en el extranjero y sus planes concretos en Estados Unidos pueden cobrar importancia. 

Preparación para la entrevista de visado y el viaje

El embarazo también puede plantear consideraciones prácticas a la hora de planificar la entrevista para el visado de inmigrante y el viaje a Estados Unidos. Dependiendo de la etapa del embarazo y de las circunstancias particulares de la solicitante, es posible que la familia tenga que tener en cuenta las necesidades médicas, los preparativos del viaje, la fecha de la entrevista para el visado y la fecha prevista para la entrada de la solicitante en Estados Unidos.

Si nace un hijo antes de que el cónyuge extranjero reciba un visado de inmigrante, la familia debe resolver la situación legal del niño antes de hacer planes de viaje. Los trámites necesarios pueden variar en función de si el niño adquirió la ciudadanía estadounidense al nacer o si necesita obtener un beneficio migratorio.

Mantén tu expediente actualizado

El trámite consular basado en el matrimonio puede prolongarse durante un periodo prolongado, y las circunstancias familiares pueden cambiar mientras el expediente está pendiente. El embarazo o el nacimiento de un hijo no supone necesariamente un problema para el expediente de inmigración, pero puede requerir documentación adicional o una planificación especial.

Si estás embarazada mientras está pendiente una solicitud de visado de inmigrante por matrimonio, o si tu hijo nace en el extranjero mientras estás tramitando el proceso consular, te recomendamos que te pongas en contacto con nuestra oficina. Podemos ayudarte a comprender cómo el cambio en tu situación familiar puede afectar al proceso de inmigración y qué pasos pueden ser necesarios antes de que el solicitante viaje a Estados Unidos.

Giselle M. Rodríguez es una abogada especializada en inmigración de Boston que ayuda a sus clientes con visados de matrimonio, visados de prometido/a (visados K-1) y otras opciones de inmigración por motivos familiares. Giselle es bilingüe y habla inglés y español. Ponte en contacto con Giselle hoy mismopara hablar de tu caso.

Nota: la información que figura en esta página tiene únicamente fines educativos y no constituye asesoramiento jurídico ni establece una relación abogado-cliente.