Visado de matrimonio: el cónyuge entró en EE. UU. de forma ilegal

Si tu cónyuge va a solicitar una tarjeta de residencia por matrimonio tras haber residido de forma irregular en Estados Unidos, es posible que te enfrentes a dificultades en materia de inmigración. Sin embargo, muchas parejas en esta situación logran salir adelante. Infórmate sobre cómo la presencia irregular puede afectar a tu caso, si puedes optar al ajuste de estatus, qué exenciones pueden ser necesarias y cómo una planificación jurídica cuidadosa puede ayudar a evitar retrasos innecesarios o largas separaciones.

Cómo abordar la presencia ilegal y las prohibiciones de reingreso

Permanecer en EE. UU. sin estatus legal puede dar lugar a lo que se denomina «presencia ilegal». Si alguien abandona el país tras haber permanecido ilegalmente durante más de 180 días, puede incurrir en una prohibición de reingreso de 3 o 10 años. En casos más graves, como el reingreso a Estados Unidos tras haber cometido determinadas infracciones migratorias previas o haber recibido órdenes de expulsión, puede aplicarse una prohibición permanente. Estas prohibiciones suelen suponer un problema cuando una persona abandona Estados Unidos para tramitar su solicitud en el consulado y debe obtener un visado antes de regresar. No obstante, es posible solicitar una exención para superar determinados motivos de inadmisibilidad y permitir que continúe el proceso de obtención de la tarjeta de residencia.

Es importante distinguir entre la situación de indocumentado y la forma en que la persona entró inicialmente en Estados Unidos. Si tu cónyuge fue inspeccionado y admitido, o se le concedió la libertad condicional (parole) para entrar en Estados Unidos, un período de estancia ilegal no impide necesariamente que el cónyuge solicite el ajuste de estatus desde dentro de Estados Unidos. En muchos casos basados en el matrimonio en los que el cónyuge es ciudadano estadounidense, una persona que haya entrado legalmente puede seguir reuniendo los requisitos para ajustar su estatus, incluso si posteriormente se ha quedado más tiempo del autorizado o ha trabajado sin permiso. Por el contrario, una persona que haya entrado en Estados Unidos sin pasar por el control de inmigración o sin permiso de entrada provisional (parole) no suele poder ajustar su estatus mediante una solicitud estándar basada en el matrimonio y es posible que tenga que solicitar un visado de inmigrante a través de un trámite consular, quizá con una exención dependiendo de las circunstancias.

Exención de inadmisibilidad I-601A

La exención provisional I-601A es una opción útil para determinados solicitantes de la tarjeta verde que deben completar el trámite consular y han acumulado presencia ilegal en Estados Unidos. Permite a un solicitante que cumpla los requisitos solicitar una exención provisional del motivo de inadmisibilidad por presencia ilegal antes de salir de Estados Unidos para acudir a la entrevista de visado de inmigrante. Para poder optar a ella, el solicitante suele necesitar una petición I-130 aprobada y debe demostrar que su cónyuge o progenitor, ciudadano estadounidense o residente permanente legal, sufriría dificultades extremas si no se concediera la exención. La I-601A no otorga un estatus legal ni garantiza que se apruebe el visado de inmigrante.

No todas las exenciones resuelven todos los problemas de inmigración

También es importante comprender que las exenciones de inmigración se refieren a cuestiones específicas. Una exención que aborde la presencia ilegal no exime automáticamente de otros posibles motivos de inadmisibilidad. Dependiendo de los hechos del caso, una persona puede enfrentarse a problemas adicionales relacionados con infracciones migratorias previas, fraude o declaraciones falsas, determinados delitos penales, expulsiones anteriores o reingresos ilegales, u otros motivos de inadmisibilidad. Las diferentes exenciones pueden tener distintos requisitos de elegibilidad, y es posible que algunos motivos no sean susceptibles de exención en absoluto. Por este motivo, para determinar qué exención, si es que hay alguna, se necesita, es necesario revisar el historial migratorio completo de la persona antes de que abandone Estados Unidos.

Diferencias políticas: el pasado frente al presente

Las exenciones de inmigración se tramitan ahora de forma diferente. Antes, era más fácil obtener la autorización si se demostraba que se sufría una situación de dificultad. Ahora, el proceso es más estricto. Si necesitas ayuda con una exención debido al tiempo que has pasado en EE. UU. sin estatus legal, estamos aquí para orientarte y ayudarte a superar este proceso.

Giselle M. Rodríguez es una abogada especializada en inmigración de Boston que ayuda a sus clientes con visados de matrimonio, visados de prometido/a (visados K-1) y otras opciones de inmigración por motivos familiares. Giselle es bilingüe y habla inglés y español. Ponte en contacto con Giselle hoy mismopara hablar de tu caso.

Nota: la información que figura en esta página tiene únicamente fines educativos y no constituye asesoramiento jurídico ni establece una relación abogado-cliente.